Lunes, 26 de octubre de 2026 Rosario 15° Dólar Oficial $1.550Dólar Blue $1.565

10 años haciendo la nuestra

EconomíaPolítica

Retiro voluntario en el Estado nacional: oficializan el régimen con adhesión durante noviembre

Por · Publicado

Retiro voluntario en el Estado nacional: oficializan el régimen con adhesión durante noviembre

Javier Milei con la motosierra en un acto. Foto de archivo.

El retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional se oficializó hoy. La adhesión será del 1 al 30 de noviembre.

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este 19 de octubre, en el Boletín Oficial, el Régimen de Retiro Voluntario para personal de la Administración Pública Nacional centralizada. Lo hizo con el Decreto 1203/2026, que lleva fecha del 16 de octubre y la firma de Javier Milei. La medida rige desde su publicación. El plazo para adherir va del 1 al 30 de noviembre de 2026, ambos días inclusive.

A quiénes alcanza el retiro voluntario

El régimen se aplica al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164. También alcanza a quienes tienen contrato de trabajo por tiempo indeterminado, según el artículo 90 de la Ley 20.744. El ámbito es la Administración Pública Nacional centralizada.

El Anexo I excluye de forma expresa a varios sectores:

  • personal de las Fuerzas Armadas en actividad y retirado que preste servicios militares;
  • personal de las Fuerzas de Seguridad y Policiales en actividad y retirado que preste servicios por convocatoria;
  • la Secretaría de Inteligencia de Estado;
  • el Servicio Exterior de la Nación;
  • el personal civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria;
  • el Sistema Federal de Manejo del Fuego;
  • las Orquestas, Coros y Ballet Nacionales;
  • quienes ocupen cargos docentes o civiles con servicio en el exterior.

Quiénes no pueden adherir

Además, el artículo 2 del Anexo I enumera nueve impedimentos. No pueden sumarse quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional, salvo absolución firme antes del cierre del plazo. Tampoco quienes tengan un sumario administrativo en trámite por hechos que podrían acarrear cesantía o exoneración, o un perjuicio fiscal. Se suman los que tengan pendiente un procedimiento para determinar una medida disciplinaria de ese tipo.

Quedan afuera, además, quienes hayan iniciado un reclamo administrativo o una demanda contra el Estado por su relación laboral, salvo que desistan de forma expresa y con homologación. Quedan exceptuados los reclamos fundados en la Ley 24.557. También quienes hayan iniciado trámites jubilatorios o ya cumplan los requisitos del artículo 19 de la Ley 24.241. A ellos se agregan quienes tengan una renuncia pendiente de aceptación, quienes estén o pasen a disponibilidad y quienes cursen el cuarto año de licencia por afecciones de largo tratamiento.

Por otro lado, el personal con mandato sindical deberá renunciar a su condición de delegado. Esa renuncia queda condicionada a la aceptación del retiro y se presenta junto con la solicitud.

Cuánto cobra cada grupo en el retiro voluntario

La edad se computa al 31 de octubre de 2026. Cada agente puede pedir su inclusión en uno de tres grupos.

El Grupo 1 reúne a mujeres desde 58 años y hombres desde 63 que no tengan aportes suficientes para jubilarse. Pueden optar entre dos vías. Una es el 60% de la remuneración mensual bruta hasta cumplir los requisitos jubilatorios, con un máximo de 36 meses. La otra es una gratificación única de un sueldo por año de antigüedad, o fracción mayor a tres meses, con tope de 18 sueldos, sin superar lo que cobrarían hasta cumplir los requisitos jubilatorios.

El Grupo 2 incluye a mujeres de 58 a 64 años y hombres de 63 a 64, con al menos 30 años de aportes. Cobran la gratificación única con el mismo tope de 18 sueldos y sin superar lo que cobrarían hasta cumplir los requisitos jubilatorios. Reciben además un adicional de 5 sueldos.

El Grupo 3 abarca a mujeres hasta 57 años y hombres hasta 62. Su tope es de 20 sueldos. El adicional es de 4 sueldos si tienen menos de 15 años en planta permanente y de 5 sueldos si tienen 15 años o más.

Cuando el total supera los $20.000.000, se paga en cuotas mensuales de ese monto, hasta un máximo de tres. La última incluye el saldo restante.

Plazos, rechazos y reingreso

Solo cuenta la antigüedad en planta permanente o como contratado por tiempo indeterminado en la Administración Pública Nacional. Quedan afuera becarios, personal transitorio y tiempo ya indemnizado antes.

Quien acceda al retiro voluntario no podrá volver al Sector Público Nacional, bajo ninguna modalidad, durante ocho años desde su baja. La docencia en universidades nacionales queda excluida de esa prohibición.

Presentar la solicitud no da derecho a que se apruebe. El jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, los secretarios de la Presidencia y el jefe de la Casa Militar pueden rechazarla para garantizar la continuidad de las funciones. Alcanza con invocar esa causal.

La resolución debe salir dentro de los 40 días corridos desde el día hábil siguiente al cierre. Si vence ese plazo sin aceptación, el silencio equivale a rechazo y el agente sigue en su cargo. La notificación llega en dos días hábiles al domicilio electrónico constituido.

El decreto designa autoridad de aplicación a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. Puede prorrogar la adhesión por única vez, hasta 30 días corridos, y dictar normas complementarias.

Los cargos de quienes se retiren se suprimen, y esa baja no puede usarse para incorporar personal nuevo. El texto no detalla cómo se presenta la solicitud. La autoridad de aplicación puede dictar normas complementarias.

Más noticias de Actualidad en Estacionline.

Leé también: Nación Servicios: La Bancaria denuncia 21 despidos en Rosario y protesta antes de la audiencia en Trabajo

El posteo en Instagram

Seguí leyendo