Rosario adhiere a la ley que prohíbe la actividad de los cuidacoches
Rosario va a adherir a la ley que prohíbe a los cuidacoches en toda la provincia. Así lo confirmó el secretario de Gobierno, Sebastián Chale. El Ejecutivo enviará el mensaje al Concejo la semana próxima, con la expectativa de que se trate en la sesión del jueves. La norma fue aprobada por el Senado provincial y prevé sanciones que van del trabajo comunitario al arresto.
La ley que prohíbe a los cuidacoches, paso a paso
La iniciativa del senador rosarino Ciro Seisas se aprobó con 16 votos a favor y tres ausencias. Así superó ampliamente los dos tercios necesarios. La norma modifica el Código de Convivencia provincial. Tras el trámite legislativo, cada municipio debe adherir para ponerla en práctica.
En declaraciones periodísticas, Chale confirmó que el municipio da los últimos retoques al mensaje de adhesión. “El tema de los cuidacoches no es un tema simple, pero lo abordaremos. La inserción laboral para la gente no es algo sencillo. Pero los tenemos censados, y conocemos a la población con la que hay que trabajar”, señaló el funcionario.
Además, sostuvo que con los Juegos Suramericanos “ya se hizo una especie de prueba piloto, en un trabajo junto al gobierno provincial, en todos los entornos y escenarios del evento, y está funcionando”.
Qué sanciones establece
La ley incorpora tres artículos al Código de Convivencia. La prohibición alcanza a quien ofrezca estacionamiento, guarda, cuidado, lavado o limpieza de vehículos en la vía pública sin autorización. La sanción permite cumplir la pena con trabajo comunitario de 2 a 10 días. Se suma la prohibición de concurrir al lugar de la infracción.
En casos de reincidencia se introduce el arresto de 10 a 20 días, con el agravante de duplicar la pena a quien ejerza violencia o amenazas. También agrava el ejercicio de la actividad en horario nocturno (de 18 a 6) o en zonas escolares, bancarias, comerciales y de edificios públicos. Asimismo, si hay organización o acuerdo previo entre dos o más personas, se aplica la figura de organización criminal. Las penas llegan hasta el cuádruple para organizadores y responsables.
Dónde va a regir
La prohibición recae en zonas de estacionamiento tarifado o gestionadas por entes autorizados, y en un radio de hasta 20 cuadras de eventos masivos, desde 2 horas antes y hasta 1 hora después. Según la ley, los municipios son los actores contravencionales exclusivos. Pueden, sin embargo, solicitar intervención policial por vía ministerial para desplazar a los infractores.
En Rosario, Chale adelantó que el juzgamiento se implementará con “algún mecanismo dentro de la Secretaría de Gobierno”, sin pedir un fiscal exclusivo del Ministerio Público de la Acusación.
Foto: archivo.